Carta enviada a Camara de Diputados y de Senadores . En nombre de nuestra ASOCIACION CIVIL MOVIMIENTO NACIONAL DE VIVIENDAS COLABORATIVAS
ASOCIACION CIVIL
MOVIMIENTO NACIONAL DE VIVIENDAS COLABORATIVAS
RESOLUCION N° 671 - IGPJ –ROSARIO SANTA FE- 8 de MAYO
2023
De nuestra mayor consideración:
En nuestro carácter de
miembros de la Asociación Civil Movimiento Nacional de Viviendas Colaborativas
Integrado por ciudadanas jubiladas y próximas a alcanzar la edad
jubilatoria, nos dirigimos a Uds. a los efectos de hacerles llegar
nuestra preocupación por el DNU, el Decreto de Presupuesto (ley 2024) y el
Proyecto de la Ley Ómnibus que el poder ejecutivo ha enviado al Congreso. La
ley Ómnibus remite a la Constitución de 1853, olvidando las reformas
constitucionales que otorgaron derechos sociales, individuales, colectivos y de
seguridad social
En particular y en
relación a los derechos a la Seguridad Social solicitamos que se evite
cualquier modificación que vulnere nuestros derechos en la materia
y sus principios rectores en Argentina a saber : solidaridad, universalidad
,subsidiariedad , integralidad, justicia social, equidad ,razonabilidad y el principio pro homine.
Ningún cambio que se
proponga debe retroceder en el objeto y finalidad de la seguridad
social que es la
protección que una sociedad proporciona a los individuos y los hogares para
asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del
ingreso, en particular en caso de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez,
accidentes del trabajo, maternidad o pérdida del sostén de familia tanto en el
Régimen Contributivo ,Subsidiado y No Contributivo.
Preocupa en particular
que si se aprueba el proyecto de Ley Ómnibus se venderán las empresas del
Estado, los recursos naturales de nuestra patria y se apropiaran del Fondo de
Garantía del ANSES afectando la
sustentabilidad del Sistema ,esto propiciaría la falta de actualización de
los haberes jubilatorios o el riesgo de aplicar índices
discrecionales. Lo que se ha logrado hasta ahora debe mejorarse para hacer
efectivo el Derecho a la Vida y a la dignidad en la vejez como
lo establece la CONVENCIÓN INTERAMERICANA
SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES .
Es precisamente el principio pro
homine el que no debe vulnerarse el
mismo establece que ante la existencia de dos normas aplicables a un mismo caso
debe imperar la que más proteja a la persona, al igual que ante la existencia
de dos interpretaciones que se deriven de una misma norma debe aplicarse la que
más proteja a la persona.
La desregulación de
obras sociales ,prepagas así como la eliminación de la fórmula de movilidad
jubilatoria van en detrimento de los avances conquistados en materia de
GERONOLOGIA SOCIAL y ENVEJECIMIENTO ACTIVO.
Las graves situaciones
que se deducen del DNU y la Ley Omnibus , traería como consecuencia DIRECTA e
INMEDIATA la INDIGENCIA de millones de argentinos.
Exigimos que ustedes
respeten el mandato conferido por sus votantes , que implica la defensa de
DERECHOS ,GARANTIAS y LIBERTADES de los
ciudadanos que representan y no PROPICIEN
la CONCENTRACION del PODER y la RIQUEZA en unos pocos.
Julia Edith Espinosa -Presidenta de la Asociación Civil MNVC
Difundo Me pregunto porque la PREVISION Y SEGURIDAD SOCIAL
ResponderEliminarComisión Permanente de la Camara de Diputados no esta constituida